Vender por Instagram o Facebook Marketplace: qué obligaciones tienes con SUNAT
Un inspector de SUNAT puede escribirte por WhatsApp para comprar tu producto, seguir toda la conversación como un cliente cualquiera, y recién revelar quién es después de completar la compra. Así funciona ahora la fiscalización de ventas por redes sociales en Perú. Ya no hace falta tener un local para que llegue una notificación.
Vender por Instagram no es diferente a vender en una tienda
Para la SUNAT, el canal no cambia la naturaleza de la obligación. Según el portal Emprender de la SUNAT, quien vende productos o presta servicios por internet, redes sociales o plataformas virtuales debe cumplir las mismas obligaciones que cualquier negocio: inscribirse en el RUC, escoger un régimen tributario según su actividad y nivel de ingresos (Nuevo RUS, RER, MYPE Tributario o Régimen General), emitir comprobante de pago por cada venta, declarar y pagar el IGV y el Impuesto a la Renta que correspondan, y llevar libros contables si el régimen elegido lo exige.
No importa si la venta se cierra por Instagram, TikTok, WhatsApp o Facebook Marketplace. La operación económica es la misma que la de una tienda física.
¿Tengo que poner mi RUC en la publicidad?
No. Esa obligación existió, pero ya no está vigente. La Ley 32080, publicada en El Peruano el 3 de julio de 2024, eliminó la exigencia de consignar el RUC y la razón social en la publicidad digital, incluida la que circula en redes sociales, tiendas online, correos de marketing y aplicaciones móviles. También eliminó la multa que antes llegaba hasta 1,545 soles por no mostrarlo.
Es un punto que conviene aclarar porque circula información desactualizada. No poner el RUC en un post de Instagram ya no genera sanción. Lo que sí sigue generando sanción es no tener RUC, no declarar los ingresos o no emitir comprobante de pago.
Desde cuándo hay que declarar
Según explicó el abogado tributarista Dante Matos, del Estudio Hernández & Cía, a La República, la obligación de declarar nace cuando la actividad en redes genera ganancias de forma habitual, no ocasional. No hay un monto mínimo fijo que dispare la obligación; lo que la SUNAT evalúa es si existe una actividad económica sostenida.
Un detalle que suele sorprender: los ingresos deben declararse incluso si no se emitió comprobante de pago. La SUNAT puede rastrear las transferencias y los pagos digitales, como los que se hacen por Yape, para identificar ingresos no declarados.
La fiscalización que llegó a las redes sociales
Desde abril de 2026, el Decreto 058-2026-EF amplió la capacidad de la SUNAT para supervisar operaciones realizadas a través de plataformas virtuales, redes sociales y otros medios electrónicos. La herramienta más comentada de esta norma es la compra encubierta: un inspector puede completar todo el proceso de compra por WhatsApp, Facebook Marketplace, TikTok o una tienda online, y revelar su identidad solo después de verificar si el vendedor emitió el comprobante correspondiente.
Si detecta una infracción durante esa compra, el inspector la documenta en un acta. Esto amplía el alcance tradicional de la fiscalización, que hasta hace poco se concentraba en locales físicos, hacia el comercio electrónico.
| Situación | Qué exige la SUNAT |
|---|---|
| Vender por Instagram, TikTok, WhatsApp o Facebook Marketplace | RUC, régimen tributario, comprobante de pago por cada venta |
| No mostrar el RUC en la publicidad | Ya no genera sanción, desde la Ley 32080 (julio 2024) |
| No emitir comprobante en una venta detectada por fiscalización | Se documenta en acta y puede derivar en sanción |
| Ingresos recurrentes sin declarar, aunque no haya comprobante | Igual deben declararse; la SUNAT rastrea transferencias y pagos digitales |
Fuente: portal Emprender de la SUNAT, Ley 32080 y Decreto 058-2026-EF, según cobertura de La República e Infobae Perú.
Qué hacer si vendes por redes y todavía no estás formalizado
Lo primero es sacar el RUC y elegir el régimen que corresponda al volumen de ventas. Si las ventas son pequeñas y esporádicas, el Nuevo RUS suele ser el punto de entrada más simple. Si ya hay ingresos recurrentes y clientes que piden factura, el RER o el Régimen MYPE Tributario encajan mejor.
Según Matos, quien nunca declaró puede regularizar su situación obteniendo el RUC y declarando los ingresos pendientes, con la posibilidad de acceder a rebajas por regularización voluntaria antes de que la SUNAT inicie una fiscalización. Esperar a que llegue la notificación, en cambio, cierra esa puerta.
Preguntas frecuentes
¿Debo poner mi RUC en mis publicaciones de Instagram?
No. Esa obligación fue eliminada por la Ley 32080 en julio de 2024. No hay sanción por no mostrarlo en la publicidad digital.
¿Qué pasa si vendo poco y de vez en cuando?
La obligación de declarar nace cuando la actividad genera ganancias de forma habitual. Una venta ocasional no es lo mismo que un negocio recurrente, pero conviene evaluar el caso con un especialista si las ventas empiezan a repetirse.
¿La SUNAT puede saber cuánto vendo si no emito comprobantes?
Sí. Puede identificar ingresos a través del rastreo de transferencias y pagos digitales, como Yape, aunque no se haya emitido ningún comprobante de pago.
¿Cómo funciona la compra encubierta de los inspectores de SUNAT?
Un inspector se hace pasar por cliente, completa la compra por el canal que use el vendedor (WhatsApp, Facebook Marketplace, TikTok, entre otros) y revela su identidad después de verificar si se emitió el comprobante correspondiente. Si detecta una infracción, la documenta en un acta.
Sobre esta nota: Este artículo se elaboró con información oficial de la SUNAT (portal Emprender), la Ley 32080 y el Decreto 058-2026-EF, además de declaraciones recogidas por La República e Infobae Perú, con fecha de revisión al 28 de setiembre de 2026. Se recomienda verificar el caso concreto directamente con la SUNAT o con un contador.