DNI azul o electrónico: cuál es obligatorio en trámites notariales poco conocidos
La transición del Documento Nacional de Identidad (DNI) tradicional al formato electrónico ha generado dudas legítimas entre ciudadanos que deben realizar trámites notariales específicos. Aunque el cambio responde a una política de modernización del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), no todos los procedimientos legales requieren el nuevo DNI electrónico. Algunos trámites notariales poco conocidos siguen aceptando el DNI azul, siempre que esté vigente.
Qué dice Reniec sobre la validez del DNI azul
Desde el 29 de agosto de 2025, Reniec dejó de emitir el DNI azul y el DNI amarillo, iniciando la producción exclusiva del DNI electrónico 3.0. Esta decisión fue oficializada mediante la Resolución Jefatural N.º 144-2025 y forma parte de una campaña nacional de masificación del documento electrónico. No obstante, Reniec ha sido claro en que los DNI físicos emitidos antes del cambio seguirán siendo válidos hasta su fecha de vencimiento.
Esto significa que, si tienes un DNI azul vigente, puedes seguir usándolo en trámites notariales, bancarios, electorales y civiles. No hay obligación legal de cambiarlo de inmediato, salvo que el trámite específico lo exija por razones técnicas o de interoperabilidad.
¿Qué es el DNI electrónico 3.0 y por qué se está masificando?
El nuevo DNI electrónico 3.0 incorpora mejoras sustanciales en seguridad, durabilidad y funcionalidad. Entre sus características destacan:
- Chip criptográfico con certificado digital.
- Vigencia de 10 años para adultos y 3 años para menores de 12.
- Material resistente al desgaste.
- Compatibilidad con plataformas digitales del Estado.
Reniec ha entregado más de un millón de estos documentos desde abril de 2025, sumándose a los 4 millones de versiones anteriores del DNI electrónico. La masificación busca facilitar el acceso a servicios digitales, reducir el fraude documental y mejorar la trazabilidad de trámites notariales y administrativos.
Trámites notariales donde el tipo de DNI puede marcar la diferencia
Aunque la mayoría de trámites notariales aceptan cualquier DNI vigente, hay procedimientos específicos donde el tipo de documento puede influir. A continuación, se detallan algunos casos poco conocidos:
Autorización de viaje de menores al extranjero
Este trámite exige la presencia de ambos padres ante notario, quienes deben identificarse con su DNI. Si uno de ellos tiene DNI azul vencido, el trámite no puede continuar. No se exige DNI electrónico, pero sí que el documento esté vigente y legible.
Constitución de empresas por medios digitales
Desde la implementación de la Plataforma de Servicios Digitales Notariales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), algunos notarios permiten constituir empresas sin presencia física. En estos casos, el DNI electrónico es obligatorio, ya que permite firmar digitalmente los documentos. El DNI azul no tiene esta capacidad.
Otorgamiento de poderes por escritura pública
Aunque este trámite se realiza presencialmente, algunos notarios han comenzado a exigir el DNI electrónico para validar la identidad mediante lector de chip. Esto no es obligatorio por ley, pero sí por criterio del notario. Conviene consultar previamente.
Testamentos cerrados o por escritura pública
En la práctica notarial, el tipo de DNI no suele ser un impedimento para otorgar testamentos. Sin embargo, si el testador desea dejar constancia digital o realizar el trámite en una notaría que opera con firma electrónica, se requerirá el DNI electrónico.
Compra-venta de inmuebles con firma digital
La Ley N.º 27269 sobre Firmas y Certificados Digitales permite que ciertos actos jurídicos se realicen con firma electrónica. En estos casos, el DNI electrónico es indispensable. El DNI azul no permite firmar digitalmente, por lo que no sirve para este tipo de operaciones.
Tabla comparativa de trámites notariales y tipo de DNI requerido
| Trámite notarial | ¿Requiere DNI electrónico? | ¿Acepta DNI azul vigente? | Observaciones |
|---|---|---|---|
| Autorización de viaje de menores | No | Sí | Solo si está vigente y legible |
| Constitución de empresa por medios digitales | Sí | No | Requiere firma digital |
| Otorgamiento de poderes | Depende del notario | Sí | Algunos notarios exigen DNI electrónico para validar identidad |
| Testamento por escritura pública | No | Sí | El DNI azul es válido si está vigente |
| Compra-venta con firma digital | Sí | No | El DNI azul no permite firma digital |
| Rectificación de partidas en registros públicos | No | Sí | Se acepta cualquier DNI vigente |
| Donación de bienes muebles | No | Sí | No se exige DNI electrónico |
Fuentes: Reniec, Sunarp, Ley N.º 27269
¿Qué dicen los notarios sobre el uso del DNI electrónico?
Consultamos a la notaria María del Pilar Ríos, con más de 20 años de experiencia en Lima, quien nos explicó que “el DNI electrónico ha facilitado ciertos trámites, pero no es obligatorio en todos los casos. Lo que importa es que el documento esté vigente y que la identidad pueda verificarse sin dudas”.
También señala que algunos colegas han comenzado a exigir el DNI electrónico por razones de interoperabilidad con plataformas digitales, especialmente en trámites empresariales. “No es una exigencia legal, pero sí una tendencia que va creciendo”, añade.
¿Qué pasa si tengo el DNI azul y necesito hacer un trámite digital?
Si tu trámite requiere firma electrónica o validación digital, deberás solicitar el DNI electrónico. El proceso es presencial y se realiza en cualquier oficina de Reniec. Hasta el 31 de diciembre de 2025, el costo se mantiene igual que el DNI convencional: S/30 para mayores de 17 años y S/16 para menores.
Puedes revisar los requisitos y agendar tu cita en identidad.reniec.gob.pe.
¿Es obligatorio cambiar al DNI electrónico para trámites notariales?
No existe una norma que obligue a todos los ciudadanos a cambiar su DNI azul por el electrónico para trámites notariales. Lo que sí existe es una política de migración progresiva, que busca que todos los peruanos tengan acceso al documento digital en los próximos años.
La validez del DNI azul se mantiene hasta su fecha de vencimiento. Si tu trámite no requiere firma electrónica ni validación digital, puedes usarlo sin problemas. Pero si el trámite exige capacidades digitales, como firma electrónica o interoperabilidad con plataformas estatales, el DNI electrónico será indispensable.
Recomendaciones prácticas para evitar contratiempos
Antes de acudir a una notaría, revisa lo siguiente:
- Verifica la vigencia de tu DNI en reniec.gob.pe.
- Consulta si el trámite requiere firma electrónica.
- Pregunta al notario si acepta DNI azul vigente.
- Si necesitas el DNI electrónico, agenda tu cita con anticipación.
Reflexión final
La coexistencia del DNI azul y el electrónico en trámites notariales refleja una transición tecnológica que aún no está completamente asentada. Aunque el Estado peruano ha apostado por la digitalización, la realidad es que muchos trámites siguen funcionando con documentos físicos. El reto está en saber cuándo el cambio es necesario y cuándo no.
Como ciudadanos, tenemos el derecho de exigir claridad en los requisitos y de contar con información confiable. Y como comunicadores, tenemos la responsabilidad de traducir esa información en lenguaje claro, útil y verificable.
La identidad no es solo un número o un chip: es la llave que abre puertas legales, patrimoniales y personales. Saber qué documento usar en cada trámite puede evitarte más de un dolor de cabeza. Y si aún tienes dudas, lo mejor es consultar directamente con Reniec o con el notario que llevará tu trámite. Porque en temas legales, lo que no se pregunta, se paga después.